Mitos y verdades del Impuesto a las Ganancias

Mucho se ha dicho, mucho se dice y mucho se dirá de uno de los impuestos más interesantes de la estructura tributaria argentina. ¿Es un impuesto progresivo o regresivo? ¿Quiénes lo pagan y quiénes deberían pagarlo? ¿Es mejor eliminar ese impuesto, o en cambio reforzarlo?

Aquí se buscará analizar de manera objetiva las características actuales que configuran uno de los impuestos más progresivos de la estructura tributaria argentina. Las siguientes afirmaciones no deben tomarse como verdades sino como puntos de partida para reflexión y evaluación.

1)    «Bajar el Impuesto a las Ganancias es mejorar las condiciones de vida de los trabajadores»

En el marco de las propuestas de los candidatos a suceder al actual Gobierno, muchos proponen la reducción o hasta la eliminación de Ganancias para los trabajadores, o la suba del mínimo no imponible hasta $30.000 o $40.000. Esto mismo fue lo que solicitaron muchos gremios durante el último paro de marzo 2015.

En la actualidad, más de un millón de trabajadores pagan Impuesto a las Ganancias. Son aquellos que ganaban más de $15.000 en 2013, que en caso de haber tenido aumentos salariales como el promedio de la economía registrada, estarían ganando aproximadamente más de $27.000  durante 2015.

Cantidad de trabajadores que pagan Ganancias

Dado que el salario promedio registrado de la economía argentina en septiembre de 2014 (último dato disponible del SIPA) era de $11.400, y que el 10% más rico de la población ganaba en el último trimestre de 2014 según INDEC más de $12.000 al mes, puede mostrarse que este impuesto lo está pagando únicamente el sector más rico de la población argentina.

Dar de baja el Impuesto a las Ganancias es darle un beneficio adicional al 10% de los trabajadores más rico de la Argentina. En cambio, mantener su presión efectiva real (su presión como % del salario bruto) es algo muy distinto y que sí es necesario actualizar en momentos de elevada inflación como la actual.

 

2)    «Ganancias se hizo cada vez más regresivo»

Como a todo economista le enseñaron, no todo es blanco o negro. En este caso la respuesta básicamente es “depende”.

Dos características básicas del Impuesto a las Ganancias: se empieza a pagar luego de cierto ingreso mínimo, y el porcentaje del ingreso total que se dedica al pago de este impuesto también crece conforme los ingresos son mayores.

En caso que se compare dentro de aquellos que sí pagan el impuesto -ese % de empleados con mayores ingresos en la economía formal-, la falta de actualización de las escalas del Impuesto a las Ganancias implicó la pérdida de uno de los dos factores de progresividad. Con escalas congeladas hace años, y aumento de precios –e ingresos- en el orden de los dos dígitos durante 8 años, una vez que se empieza a pagar el impuesto, se llega a pagar la alícuota máxima del 35% mucho más rápido año a año. Esto hace que la progresividad intra-impuesto (entre aquellos que sí pagan Ganancias) vaya desapareciendo con el tiempo.

En cambio, si se observa la estructura tributaria actual, la falta de actualización de escalas, y el aumento del mínimo no imponible por debajo del aumento salarial durante los últimos años hizo que Ganancias representara un porcentaje mayor de la recaudación total nacional. Dado que este impuesto tiene dos características que buscan la progresividad, un aumento del peso de Ganancias en el total de la estructura tributaria implica mayor progresividad a nivel general.

 

3)    «Los salarios de más de $15.000 pagan Ganancias»

El Decreto 1242/2013 generó que todos aquellos salarios que no hubieran ganado más de $15.000 entre enero y agosto 2013 queden exentos del pago de Ganancias. Aún después de un 29% de aumento en 2014 y un 25-30% en 2015, de no mediar cambios, estas personas siguen exentas de pagar Ganancias aún con salarios más altos.

La aclaratoria de AFIP sobre dicho Decreto dice que en caso de no haber contado con ingresos laborales o por jubilación entre enero y agosto 2013, se tomará el primer salario o ingreso como base para el establecimiento de la categoría de Ganancias que corresponda.

O sea, cualquier persona que no hubiera trabajado en blanco hasta septiembre 2013 y luego se incorpore al mercado laboral, si cobra más de $15.000 en bruto al mes entonces no estará exenta de Ganancias.

 

4)    «Ganancias es un impuesto distorsionado»

Las categorías creadas en agosto de 2013 con el Decreto 1242/13 han creado graves distorsionesen la estructura del Impuesto a las Ganancias. Esas distorsiones se van acrecentando conforme el paso de tiempo, y generará más costos de salida para quien decida tomar la medida de resolver su estructura actual.
Una persona soltera sin hijos con un salario bruto de $20.000 en la actualidad puede pagar en Ganancias:

  • $0 por estar exento por ganar menos de $15.000 en 2013;
  • $2.718 al mes, si su salario estaba entre $15.001 y $25.000 en 2013; o
  • $3.244 al mes, si su salario era mayor a $25.000 en 2013 o si no trabajaba en 2013.

Asimismo, tal como pudo verse en el punto anterior, un salario de un nuevo empleado en el circuito formal que gane $15.500 al mes debería pagar $1.190 al mes, mientras que su jefe –en caso de haber cobrado en 2013 menos de $15.000 y ahora ganar $25.000 – podría no pagar Ganancias.

 

Conclusiones

Se necesita una profunda revisión del Impuesto a las Ganancias debido a las múltiples distorsiones creadas en 2013. Su eliminación podría ser una de las peores determinaciones para el sistema tributario local.

La omisión de actualizar las escalas y la actualización de mínimos por debajo de salarios hizo que se perdiera parte de la progresividad del impuesto entre quienes lo pagan, y colaboró a que la presión tributaria actual creciera.

Antes de pensar en la eliminación del Impuesto a las Ganancias, sería más coherente pensar en eliminar otro tipo de impuestos fuertemente regresivos en Argentina, como el impuesto a los créditos y débitos bancarios – que ataca el nivel de bancarización- o la devolución de IVA indiscriminada y sin tomar en cuenta el nivel de ingreso familiar.

 

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Artículo redactado para el Blog de Yahoo! Finanzas Argentina. Ver el artículo en el blog de Yahoo! Finanzas “Mitos y verdades del Impuesto a las Ganancias»

(*) Publicado en el Blog de Yahoo! Finanzas el 10 de abril de 2015

20 comentarios

  • Ariel, quisiera saber como debería hacer para descontar o ingresar las devoluciones de adelantos ganancias alguien que se le descuenta de la pensión/jubilación. Quien debería ser ingresado como agente de retención? Anses? Tiene cuit Anses como para ser ingresado en el sistema? Muchas Gracias

  • Hola Ari!
    Te consulto lo siguiente porque tuve opiniones diferentes.
    En el periodo de Enero a Julio 2013, un empleado cobró menos de $15000 brutos excepto en Junio por el medio aguinaldo.
    El tema es que en Agosto de 2013 cambió de trabajo y el sueldo bruto es mayor a $15000. O sea, que sería el único mes que me excedió.
    Corresponde pagar el impuesto a las ganancias en esta situación?
    Gracias!!
    Un abrazo

  • Hola Ariel.
    Gracias a tu blog pude completar mis formularios 572 sin inconvenientes por eso te sigo siempre.
    Mi duda ahora es la siguiente. Estoy reclamando desde Enero de 2015 un monto de devolución del 35% por viaje y compras en el exterior realizados en Diciembre 2014 de $9.399 y mi empleador me responda ahora en mayo que por falta de tiempo aùn no me lo pudieron devolver. Y por otro lado, a raíz de este reclamo, ahora el empleador descubre realizando por primera vez el formulario 649, que tambièn por error de la empresa no me retuvieron por 3 meses ganancias y que les arroja que tengo una deuda con la empresa de $12.000. Ahora quieren corregir todo de golpe sin devolverme los 9.000 y restándolos a la deuda y quedando con un saldo negativo de 3.000 para el cobro de mi sueldo de mayo. Además me descontarìan las ganancias correspondientes a ese mes por lo que aproximadamente me descontarìan unos $6.000 de un tiròn por acumulación de errores. Mi pregunta es cuàles son mis derechos para reclamar que me paguen primero los 9.000 y después resolver la deuda, si yo tengo derecho a pedir que me lo hagan en cuotas por ejemplo.
    Desde ya muchas gracias por la ayuda!
    saludos.
    Alejandra

  • Ari, actualmente estoy con un salario superior a 15k e inferior a 25k y exento del impuesto por el decreto 1242. Si me cambio a otro empleo con un salario de más de 25k, empezaría a tributar?

  • Hola Ariel,

    En mi caso, en 2013 fui monotributista desde Enero a Agosto, y recien en Septiembre empecé a trabajar en relación de dependencia y cobrando por sobre los $15.000. Mi empresa me está descontando ganancias, pero entiendo que facturar con Monotributo es una actividad laboral claramente, tuve continuidad. Está bien que me retengan ganancias??

    Gracias, muy buena la nota y el blog.

    • Javier, el Monotributo no aplica para el decreto 1242/13 ya que en teoria no tenias empleador. Y en caso de no tener ingresos en ese perìodo, tu primer empleador tiene que tomar el primer sueldo que te paga para categorizarte. Una vez categorizado, de ahí no salis.

  • Hola Ariel,

    En mi caso, en 2013 fui monotributista desde Enero a Agosto, y recien en Septiembre empecé a trabajar en relación de dependencia y cobrando por sobre los $15000. Mi empresa me está descontando ganancias, pero facturar con Monotributo es una actividad laboral claramente, tuve continuidad. Está bien que me retengan ganancias??

    Gracias, muy buena la nota y el blog.

  • Hola Ariel, quisiera saber si es correcto que esté pagando el impuesto a las ganancias. En el período Enero y Agosto de 2013 trabajé 3 Meses (Enero 2013, y a partir de Julio 2013 hasta hoy continúo).
    En mi empresa actual (ingresé en Mayo 2014) me están reteniendo ganancias porque me dicen que entre Enero y Agosto 2013 no trabajé todo el período completo y ellos toman como base mi primero sueldo con esta nueva empresa (o sea, el de Mayo 2014) que supera los $ 15.000 brutos.
    ¿Es correcto que me estén reteniendo ganancias?¿En el caso de que no sea correcto que es lo que tengo que hacer si ellos no acceden a darme el beneficio de exclusión del impuesto?
    Muchas gracias!!

    • Diego, deberían usar la info de los meses que sí trabajaste.
      Acá tenes un marco de referencia de AFIP

      http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=17446438

      • Gracias por tu respuesta Ariel, es que justamente por esa referencia de la AFIP me dicen que en vez de tomar lo que cobré en esos meses del 2013, me toman el 1er sueldo de mi nueva empresa, debido a que no entro en el 75% de los meses involucrados (según ellos ese 75% serían 6 meses, si se toma a «los meses involucrados» como Enero a Agosto, o sea 8 meses).
        ¿Yo puedo hacer algo al respecto si no quieren reconocer que estoy exento de ganancias?
        ¿En AFIP puedo pedir algún certificado de exención o algo por el estilo?

        • la norma dice claramente que se deben tomar los CONCEPTOS que aparece en al menos el 75% de los meses que cobraste, ya sean 1 u 8.
          No habla de meses, habla de conceptos.
          Llamá a AFIP o escribi a mesa de ayuda para que te den letra.

  • Muy bueno Ariel como todos tus contenidos, tengo solo una pregunta que me sale después de leer tu post y por un tema de conocimiento general ya que no me afecte je.
    En el hipotetico caso de que un empleado esté trabajando hoy en día y cobre más de 15.000$ pero esté exento porque en el 2013 cobraba menos, supongamos que ese empleado cambia de trabajo y en el nuevo trabajo le ofrecen, 20.000$, comenzará a pagar ganancias por haber cambiado de trabajo? O seguirá exento porque en el 2013 trabajaba y cobraba menos de 15.000?

    Saludos!

    • Debería seguir exento, porque cuánto paga de Ganancias hoy y en qué categoria cae depende exclusivamente de cuánto ganaba en 2013

      • Ariel, me pego a esta respuesta para hacerte mi consulta. Desde el 2009 al día de hoy estuve trabajando en forma continua, pasando por distintas empresas pero siempre en forma continua y nunca superé los 15.000 brutos (recien con los ajustes de este año estoy por encima). Supongamos que hoy me despiden o renuncio por algún proyecto personal y dentro de un año retomo mi trabajo en relación de dependencia ¿Seguiría estando exento del impuesto? Es decir ¿hay algún límite de inactividad que «borre» el registro de los haberes percibidos en 2013? Muchas gracias.

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