Dólar turista vs dólar blue: Más bajo para el más rico

Mucho se ha dicho ya sobre el valor del dólar turista respecto al valor del dólar blue o paralelo. De a poco, las percepciones por los recargos en el exterior fueron acercándose al dólar del mercado negro, lo que hizo que se achicara la brecha. Como resultado de esto, los consumidores buscan saber cuál es el tipo de cambio que se debe tomar para utilizar la tarjeta afuera o comprar un pasaje aéreo.

Pero lo cierto e que el costo no es ni el oficial, ni el paralelo, sino algo intermedioHoy se encontraría entre los 8,60 y 9 pesos por dólar, bastante por debajo del tipo de cambio paralelo.

Ahora bien, la AFIP comenzó a devolver en muchos casos las percepciones retenidas a quienes hicieron los trámites correspondientes. ¿Cuánto impactan, entonces estas percepciones sobre el dólar que se termina pagando? ¿Qué variables modifican el precio final, teniendo en cuenta su devolución? ¿Quiénes son más propensos a recibir la devolución?

A qué se denomina dólar turista

Lo que hoy se conoce como “dólar turista” (tipo de cambio oficial + 35% de percepción a cuenta de otros impuestos de AFIP) aplica a todos los consumos que se realicen con tarjeta de débito y crédito en comercios del exterior, para las extracciones con tarjeta de crédito en cajeros automáticos del extranjero, para la compra de pasajes y paquetes turísticos al exterior comprados con cualquier medio de pago, y a la compra de moneda extranjera con objetivo de viajes al exterior, autorizada por AFIP.

Ese valor se encuentra por encima del valor de cambio paralelo o blue (10,85 del “turista” vs 10,50 del “blue”). Pero, en efecto, ¿es el dólar turista más caro que el blue? Depende del valor de la inflación futura, que carcomerá el poder de compra del 35% adelantado.

¿Por qué es esto así?

Los $100 que le retienen a uno en concepto del 35% AFIP por compras en el exterior en enero 2014 no compran la misma cantidad de bienes que los $100 que se devuelven en febrero de 2015. Entonces, uno se encuentra frente a un costo financiero de aproximadamente el 30%(consecuencia de la inflación del período) por la parte que fue retenida.

El efecto final sobre quienes compran con tarjeta de crédito o débito en el exterior en enero de 2014 sería de algo más del 12% sobre el precio final pagado, costo que iría disminuyendo con el paso de los meses hasta llegar a algo menos del 2% para consumos de diciembre de este año.

En ese caso, la percepción de Impuesto a las Ganancias y a Bienes Personales tendría efectos neutros para el contribuyente, aunque solo en términos nominales. En febrero/marzo de 2015 se recibirán los montos pagados en exceso, pero como el valor de los pesos al momento de recibirlos será menor que el valor que esos pesos tenían al momento de ser pagados un año atrás, a pesar de recibir la misma cantidad que se pagó a AFIP, como contribuyente se incurre en el costo financiero consecuente con la pérdida de valor por inflación.

Algo comprado en enero 2014 a un tipo de cambio de 8 pesos por dólar más 35%, no tendrá un costo real de 10,80 pesos por dólar (tipo de cambio oficial más 35%) sino de 8,98(12,25% más que el tipo de cambio oficial) en caso que la inflación sea del 30% anual para ese período. Ese costo subiría a 9,15 con una inflación del 35% anual, o bajaría a 8,80 con una inflación del 25% anual.

Conforme pasen los meses del año, la distancia temporal entre lo que uno paga y uno recibe el dinero es menor, con lo que el costo efectivo del dólar turista se irá reduciendo. Por ejemplo, con una inflación del 30% anual, suponiendo que se mantiene el tipo de cambio en 8 pesos por dólar – sólo a término de hacer este análisis -, una compra de enero tendría un costo real de 8,98 pesos, mientras que si fuera en abril, su costo real sería de 8,70 pesos por dólar, y si fuera en septiembre, su costo real bajaría a 8,35 pesos por dólar.

¿Es tan simple conseguir la devolución del 35%?

La regresividad del sistema hace que mientas mayor es el nivel de ingresos (y pago de Ganancias), más fácil sea conseguir la devolución por parte de AFIP.

Quienes pagan grandes cantidades de Ganancias tienen asegurada la devolución en febrero del año siguiente al consumo de la totalidad de lo pagado, pero no así los monotributistas, o los empleados en relación de dependencia que pagan poco o nada de Ganancias.

Aquellos que son monotributistas o no pagan Ganancias deben presentar el formulario 746/A de AFIP, siguiendo una serie extensa y burocrática de pasos para conseguir una respuesta en firme y una devolución en su cuenta bancaria. Recién ahora AFIP está comenzando a reintegrar los pagos a aquellos que presentaron pedidos de devolución durante 2012 y 2013, luego de analizar que no existan deudas, que se los gastos sean consecuentes con el nivel de ingresos o facturación declarados, y en muchos casos, se dio únicamente como consecuencia de presentación de notas a AFIP para pronto despacho.

Quienes hayan pagado un monto bajo de Ganancias, pero menor a lo que hayan pagado por percepciones de AFIP, se encontrarán en un proceso de pedido de devolución más extenso aún, ya que deberán esperar hasta febrero de 2015 para que el empleador le reintegre la parte que le retuvo, y luego pedirle a AFIP la parte que supere lo que hayan pagado en exceso mediante la realización de declaraciones juradas y pedidos por sistema que sólo los buenos contadores saben hacer.

Conclusiones

El cobro del 35% como adelanto de otros impuestos funciona como un claro desincentivo al consumo. En los efectos, conseguir la devolución no es un proceso simple, y se extiende en el tiempo por varios meses. Pero al momento de recibir el reintegro – en caso de recibirlo -, el costo efectivo de la compra termina siendo bastante inferior al valor del tipo de cambio paralelo.

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11 comentarios

  • Es que en realidad, si sos monotributista y comprás productos del exterior para clientes locales (software por ejemplo), simplemente tenés que transferirle al cliente ese 35% extra, cotizar en pesos convirtiendo con dólar turista. Porque ese 35% extra que pagás no lo vas a volver a recuperar, o máxime la AFIP te lo va a devolver alegremente dentro de un año y medio, cuando la inflación futura haga que ya no valga la pena.

      • Ok. No compartís la idea de aumentar el precio final al cliente? o la de que cuando uno recibe la devolución, la inflación ya hizo inservible ese monto?

        Vos mismo mencionás que el 35% funciona como un claro des-incentivo al consumo. Pero cuando el funcionamiento de una empresa DEPENDE de productos y servicios que no se producen acá con la misma calidad, el consumo de esos items no lo podes desincentivar porque atenta contra la producción de otros servicios locales. Y simplemente decía que se genera una inflación obligada en ese producto porque es algo que no podés conseguir en el mercado local y forma parte de un servicio que no podés discontinuar, y el 35% para la AFIP, cuando no corresponde que te lo debiten, te hace trabajar a pérdida. Es más, hay productos y servicios casi equivalentes porque ni siquiera llegan a sus talones en calidad que te cuestan un 2000% o 3000% más caro. Entonces, de repente una gama de productos/servicios un 35% más caro ES POR LEJOS más barato que el mejor que se produce localmente. No estoy a favor de la inflación, pero hay servicios como la reventa de hosting en particular, que no es rentable hacerlo con empresas de Argentina, porque ellos ya te están cobrando mucho más que ese 35% extra (obviamente, tienen que amortizar alquileres, sueldos, IIBB, etc), entonces hay que contratarlo sin intermediarios. En fin, quizás hacía falta redactar toda esta exposición para que se entienda, sólo en casos puntuales el impuesto mismo genera una inflación no deseada.

        Si tenés otra idea sería interesante debatir alguna solución alternativa.
        Saludos!

        • Estamos de acuerdo con eso. Cuando te reintegren (tarde y con menor poder de compra) el 35%, vas a bajar los precios o tomarlo como una ganancia extra?

          • Si de repente la AFIP me empieza a devolver las retenciones MES A MES y con NO MAS de 1 año de delay, con todo gusto rebajo los precios un 35%. Por más que haya un año de diferencia, con su % de inflación anual, pero si me lo firman y me garantizan que hacen las devoluciones de forma sostenida, en tiempo y forma, yo lo bajo. Pero mientras eso no suceda, -y no está sucediendo (porque tengo pedidos hechos por operaciones desde el 2012)- tengo que dejar aumentado el precio o dedicarme a otra cosa. Y no planeo cambiar de rubro 🙂

  • Ariel, muy bueno el blog, muy claro con este confuso asunto de la retencion de ganacias.
    Te cuento que en abril 2014 recibi la devolucion de todas las retenciones 2013 sin ningun problema (me lo devolvio mi empleador). Hice todos los pasos y parece dificil pero una vez encaminado es facil.
    Para los gastos que realice en 2014, me surgen las siguientes dudas:
    1. Que pasa si las retenciones (gastos en el exterior + dolares ahorro + compra moneda para turismo) del anio superon el total de pagado de ganacias. Por lo que lei en tu articulo, para recuperar el saldo debo iniciar una serie de tramites bastante burocraticos. En su momento vere si vale la pena.
    2. Que pasa si el mes que viene cambio de trabajo o renuncio al mismo? Pierdo todo? La verdad en este punto estoy perdido.
    Saludos,
    Ignacio.

    • Ignacio, no, no perdes nada. Simplemente pedi el formulario 649 de tu trabajo saliente, presentalo en el trabajo entrante y cambiá los datos de empleador en el formulario 572web. Todo listo.

  • Ariel cómo estás?. Consulta, yo no estoy registrada en AFIP, soy estudiante. Para viajes y compras en el exterior, debo pagar el 35%?. Hay alguna forma para que me lo devuelvan?. Si utilizo extensiones de una tarjeta, hay alguna diferencia con que utilice una tarjeta de la cual sea titular?

  • Detalle, tanto monotributos como resp.inscriptos hace poco no pueden hacer mucho por la devolución del 35%, ni hablar los que temen inspecciones y otras medidas «disuasorias» del gobierno, así que tampoco todos los que pagaron el «adelanto» pudieron verlo de nuevo, más o menos funcionó como un «impuesto» para ellos

    • Fabio,
      Es cierto lo que decís pero sólo hasta un punto. Hace un par de semanas subí un paso a paso que incluye una nota de pronto despacho en AFIP, consecuencia de haberlo presentado, muchos de ellos lograron destrabar el trámite que estaba parado. Podía ser por alguna deuda de monotributo, la falta de presentar algún esto o de haber puesto bien el CBU.

      Esperó humildemente que desde acá pueda ayudar a muchos más a destrabar este trámite y dejar de ser tomado como un impuesto más.

      Saludos!

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